Canal de Denuncias

Bienvenido al Canal de Denuncias de Mas Errázuriz. Este canal de comunicación está diseñado para que nuestros colaboradores, proveedores, subcontratistas, asesores, clientes u otras partes interesadas puedan reportar cualquier transgresión a nuestros valores corporativos, conductas inapropiadas, así como irregularidades o ilícitos estipulados en la Ley 20.393 de Responsabilidad Penal y ­ la Ley 21.643 conocida como Ley Karin.

Información relevante a tener en cuenta:

En esencia, la Ley 20.393 establece que existen ciertos tipos de delitos que, en caso de ser cometidos por una persona natural y que vayan directamente en beneficio de la empresa, la sanción recae no solamente en quien comete la acción, sino que, en la persona jurídica beneficiada.

Delitos tipificados en la Ley 20.393:

Cohecho

Ofrecer o consentir en dar a un empleado público, nacional o extranjero, un beneficio indebido, para sí o para un tercero, en razón de su cargo o a fin de que aquel desarrolle u omita actos propios del cargo, para que ejerza influencia sobre otro empleado público beneficiando a un tercero, o para que cometa ciertos delitos.

Lavado de Activos

Ocultar o disimular el origen ilícito de dinero o bienes provenientes de cualquiera clase de delitos u ocultar o disimular dichos bienes, así como adquirirlos, poseerlos, tenerlos o usarlos, sabiendo su origen ilícito o desconociéndolo por negligencia inexcusable.

Financiamiento del Terrorismo

Solicitar, recaudar o proveer fondos con la finalidad de que se utilicen para cometer delitos, especialmente aquellos que se consideran terroristas.

Receptación

Tener, transportar, comprar, vender, transformar o comercializar especies hurtadas, robadas u objeto de abigeato, de receptación o de apropiación indebida.

Negociación Incompatible

Tomar interés en contratos, operaciones o gestiones de la Empresa en que puedan tener utilidad o interés ellos mismos, así como dar o dejar tomar interés, debiendo impedirlo, a personas con las cuales se encuentren relacionados.

Corrupción entre Privados

Ofrecer, dar o consentir en dar a un empleado o mandatario un beneficio indebido para que favorezca, en su contratación, a un oferente por sobre otro. Los empleados o mandatarios de la empresa tienen prohibido solicitar o aceptar recibir un beneficio indebido, para sí o un tercero, para favorecer o por haber favorecido en el ejercicio de sus labores la contratación con un oferente sobre otro.

Administración Desleal

Causar perjuicio al patrimonio de otras personas, cuya salvaguardia o gestión le haya sido encomendada en razón de sus funciones.

Apropiación Indebida

Distraer o apropiarse de especies que hayan recibido en razón de sus funciones en virtud de un título que genera la obligación de restituirlas.

Inobservancia del Aislamiento

Así, cualquiera de estos delitos detallados anteriormente el caso de ser cometidos en beneficio directo de la Compañía por parte de sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o quienes realicen actividades de administración, se sancionarán de acuerdo a esta Ley, así como también los que hayan sido cometidos por personas naturales que estén bajo la supervisión directa de los nombrados anteriormente, siempre y cuando la comisión del delito sea consecuencia del incumplimiento de dirección y supervisión de la Compañía. Se considerará que los deberes de dirección y supervisión se han cumplido cuando, con anterioridad a la comisión del delito, la persona jurídica hubiere adoptado e implementado un Sistema de Prevención de Delitos, conforme a lo dispuesto en la Ley 20.393.

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